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Ayuda Ayuntamiento de Madrid

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Ayudas para la renovación de instalaciones térmicas de calefacción y climatización 2024

El Ayuntamiento de Madrid ha convocado las subvenciones para la renovación de instalaciones térmicas de calefacción y climatización, correspondiente a la anualidad 2024.

  • El objeto de estas ayudas es la sustitución, total o parcial, en instalaciones térmicas de edificios, de calderas de gasóleo por generadores de calor de alta eficiencia o renovables, que obtengan su energía del medio ambiente o de redes de suministro urbanas (gas natural, electricidad) que eviten el transporte de combustibles en el entorno urbano, así como la ejecución de instalaciones solares térmicas.
  • La finalidad de la concesión de las ayudas es contribuir a la reducción de las emisiones contaminantes a la atmósfera, principalmente las de óxidos de nitrógeno, partículas y gases de efecto invernadero, así como la de fomentar la climatización eficiente de bajas emisiones en los edificios, y de este modo mejorar la eficiencia energética que genera el sector residencial y comercial en la ciudad de Madrid, lo que conlleva ahorrar recursos naturales escasos y promover la protección del medio ambiente.
  • El plazo de solicitudes comenzará el 24 de abril de 2024 y finalizará el 22 de noviembre de 2024.
  • El período subvencionable es el comprendido entre el 1 de enero de 2024 y el 31 de diciembre de 2024. A estos efectos se considerará como fecha de realización de la reforma, la que figure en la diligencia firmada por la Entidad de Inspección y Control Industrial (EICI) sobre el certificado de instalación emitido una vez se haya ejecutado la reforma o la que se indique en el documento emitido por el órgano competente de la Comunidad de Madrid confirmando la finalización del procedimiento de diligenciado.

BENEFICIARIOS:

1. Las comunidades de propietarios de edificios de uso residencial privado con dos o más viviendas.

2. Las personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes u otros entes sin personalidad jurídica propia, propietarios o arrendatarios de:
– fincas de propiedad particular de dos o más viviendas o edificios de viviendas pertenecientes a Comunidades de Bienes;
– establecimientos, locales o edificios pertenecientes al Sector Terciario.

Deberán realizar la renovación en los términos especificados en la convocatoria y en el período subvencionable comprendido entre el 1 de enero de 2024 y el 31 de diciembre de 2024.